jueves, 30 de octubre de 2008
viernes, 3 de octubre de 2008
MERLO MUNICIPIO SALUDABLE: Proyecto de Resolución
EXPEDIENTE 6448/08
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO: La necesidad de que el Estado Municipal concientice a la comunidad de la importancia de llevar un estilo de vida donde se le de importancia a la salud física y emocional, y,
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Salud de la Nación tiene bajo su órbita la Coordinación operativa de la Red Argentina de Municipios y Comunidades Saludables.
Que moviliza recursos para capacitaciones e investigaciones en el nivel local, según la Estrategia de Municipios y Comunidades Saludables, promovida por la Organización Panamericana de la Salud (OPS) que permite desarrollar acciones de promoción de la salud en forma concreta y otorgando el espacio, los mecanismos y los recursos para ello, bajo el marco de la gestión local y la participación comunitaria.
Que dicha Red está integrada por el Ministerio de Salud, la OPS/OMS y más de 75 Municipios del País en forma permanente y más de 130 Municipios adherentes.
Que fue creada en noviembre del año 2000 con la firma de la Carta de Tucumán y permite, principalmente, intercambiar experiencias, compartir herramientas y recursos, acceder a asistencia técnica y capacitación sobre temas comunes y por sobre todas las cosas, mantenerse informados y estimulados en la importancia de la promoción de la salud.
Que es necesario promover un marco de diseño de políticas públicas que contribuyan a mejorar las condiciones de salud de la población, cualquiera sea su origen, y tiendan a resguardar la existencia de factores determinantes de la salud, incluidos el trabajo, la paz, la educación, la justicia social y la equidad.
Que la estrategia de Municipios y Comunidades Saludables ha demostrado los beneficios que se obtienen en la búsqueda de mejores condiciones de vida y de salud para las comunidades.
Que representa un medio eficiente y de bajo costo para propiciar el intercambio de experiencias y el desarrollo de proyectos locales de promoción de la salud.
Que es menester concientizar a todos los miembros de la comunidad y del gobierno local sobre la necesidad de vivir en una Ciudad saludable y que su participación es necesaria en el mantenimiento de ella, potenciando los recursos comunitarios ya existentes y coordinando la búsqueda y la movilización de recursos que se requieran.
Que es preciso garantizar el compromiso de este Cuerpo Legislativo en todas las acciones tendientes a implementar el proceso de construir un Municipio y Comunidad Saludable en nuestro Distrito.
Por todo ello el Honorable Concejo Deliberante de Merlo, en uso de las facultades que le son propias sanciona con fuerza de:
RESOLUCIÓN
Artículo 1º: Declarar de Interés Municipal, el Programa Municipios y Comunidades Saludables del Ministerio de Salud de la Nación.
Artículo 2º: Iniciar el proceso de constituirse en Municipio y Comunidad Saludable de acuerdo a los criterios básicos establecidos por el Estatuto de Red Argentina de Municipios y Comunidades Saludables.
Artículo 3º: Promover la construcción de entornos físicos y sociales saludables.
Artículo 4º: Promover la creación de un consejo intersectorial para el desarrollo de la Estrategia de Municipio y Comunidad Saludables cuya presidencia deberá estar a cargo del Intendente Municipal y la Coordinación a cargo del Secretario de Salud del Municipio. Este Consejo deberá estar facultado para realizar Convenios con los Ministerios pertinentes tanto provinciales como nacionales, Universidades u otros centros educativos, Organizaciones no Gubernamentales, para los fines establecidos en los Artículos 2º y 3º de la presente Resolución.
Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.
Artículo 6°: De forma.-
Autora: Alejandra Pignataro
Firmantes: Fabio Scaturro y Gustavo Becares
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO: La necesidad de que el Estado Municipal concientice a la comunidad de la importancia de llevar un estilo de vida donde se le de importancia a la salud física y emocional, y,
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Salud de la Nación tiene bajo su órbita la Coordinación operativa de la Red Argentina de Municipios y Comunidades Saludables.
Que moviliza recursos para capacitaciones e investigaciones en el nivel local, según la Estrategia de Municipios y Comunidades Saludables, promovida por la Organización Panamericana de la Salud (OPS) que permite desarrollar acciones de promoción de la salud en forma concreta y otorgando el espacio, los mecanismos y los recursos para ello, bajo el marco de la gestión local y la participación comunitaria.
Que dicha Red está integrada por el Ministerio de Salud, la OPS/OMS y más de 75 Municipios del País en forma permanente y más de 130 Municipios adherentes.
Que fue creada en noviembre del año 2000 con la firma de la Carta de Tucumán y permite, principalmente, intercambiar experiencias, compartir herramientas y recursos, acceder a asistencia técnica y capacitación sobre temas comunes y por sobre todas las cosas, mantenerse informados y estimulados en la importancia de la promoción de la salud.
Que es necesario promover un marco de diseño de políticas públicas que contribuyan a mejorar las condiciones de salud de la población, cualquiera sea su origen, y tiendan a resguardar la existencia de factores determinantes de la salud, incluidos el trabajo, la paz, la educación, la justicia social y la equidad.
Que la estrategia de Municipios y Comunidades Saludables ha demostrado los beneficios que se obtienen en la búsqueda de mejores condiciones de vida y de salud para las comunidades.
Que representa un medio eficiente y de bajo costo para propiciar el intercambio de experiencias y el desarrollo de proyectos locales de promoción de la salud.
Que es menester concientizar a todos los miembros de la comunidad y del gobierno local sobre la necesidad de vivir en una Ciudad saludable y que su participación es necesaria en el mantenimiento de ella, potenciando los recursos comunitarios ya existentes y coordinando la búsqueda y la movilización de recursos que se requieran.
Que es preciso garantizar el compromiso de este Cuerpo Legislativo en todas las acciones tendientes a implementar el proceso de construir un Municipio y Comunidad Saludable en nuestro Distrito.
Por todo ello el Honorable Concejo Deliberante de Merlo, en uso de las facultades que le son propias sanciona con fuerza de:
RESOLUCIÓN
Artículo 1º: Declarar de Interés Municipal, el Programa Municipios y Comunidades Saludables del Ministerio de Salud de la Nación.
Artículo 2º: Iniciar el proceso de constituirse en Municipio y Comunidad Saludable de acuerdo a los criterios básicos establecidos por el Estatuto de Red Argentina de Municipios y Comunidades Saludables.
Artículo 3º: Promover la construcción de entornos físicos y sociales saludables.
Artículo 4º: Promover la creación de un consejo intersectorial para el desarrollo de la Estrategia de Municipio y Comunidad Saludables cuya presidencia deberá estar a cargo del Intendente Municipal y la Coordinación a cargo del Secretario de Salud del Municipio. Este Consejo deberá estar facultado para realizar Convenios con los Ministerios pertinentes tanto provinciales como nacionales, Universidades u otros centros educativos, Organizaciones no Gubernamentales, para los fines establecidos en los Artículos 2º y 3º de la presente Resolución.
Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.
Artículo 6°: De forma.-
Autora: Alejandra Pignataro
Firmantes: Fabio Scaturro y Gustavo Becares
Suscribirse a:
Entradas (Atom)