miércoles, 30 de abril de 2008

Proyecto de Resolución: COVELIA S.A.

EXPEDIENTE 6381/08

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

VISTO:
El reiterado incumplimiento del servicio de recolección de residuos sólidos urbanos de la empresa COVELIA S. A. en el barrio Loma Grande, y:

CONSIDENRANDO:
Que la empresa COVELIA S. A. tiene un contrato suscripto con la Municipalidad de Merlo para la recolección de residuos sólidos urbanos en el distrito.
Que la Municipalidad de Merlo cumple en tiempo y forma con sus obligaciones contractuales con la empresa concesionaria.
Que la empresa COVELIA S. A. no prestó los servicios estipulados por contrato los días jueves 31 de enero; martes 5 de febrero; martes 19 de febrero; martes 4 de marzo; martes 18 de marzo; martes 1 de abril y martes 15 de abril del corriente año en el barrio Loma Grande de este Municipio.
Que ninguno de los días citados existían causas climatológicas y/o excepcionales que impidieran que la empresa brindara los servicios.
Que el barrio Loma Grande es una de las zonas que mayor crecimiento demográfico ha tenido en los últimos años.
Que el servicio de recolección de residuos en dicho barrio sólo está pactado en tres veces por semana (días martes; jueves y sábados).
Que el incumplimiento del servicio por lo menos dos veces al mes no es la excepción, sino la regla y que esa sistematicidad implica aproximadamente una reducción del 15% de los gastos para la empresa, lo que significa por ende un incremento extra de sus ganancias.
Que el incumplimiento de cualquiera de los días significa que los residuos permanecen entre 48 y 96 horas en las veredas, lo que permite que gatos y perros destruyan las bolsas y desparramen la basura; con todos los perjuicios que eso le genera al medioambiente y la salud de la población en general y de los niños en particular.
Que la situación de destrucción de las bolsas por parte de los perros y gatos también se repite los días en que prestan el servicio ya que los recolectores amontonan las bolsas en las esquinas –poniéndolas al alcance de los animales- y en reiteradas ocasiones pasan entre 3 y 4 horas hasta que el camión recoge dichas bolsas.
Que la mejor política sanitaria es la que previene las enfermedades.
Que para prevenir enfermedades es preciso disminuir al máximo los factores de riesgo, entre ellos los residuos sólidos urbanos
Que la Constitución Nacional en su artículo 41 expresa que “todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano…”
Que la Constitución Provincial en su artículo 28 expresa que “los habitantes de la provincia tienen el derecho a gozar de un ambiente sano…”.
Que la Constitución Provincial en su artículo 36 inciso 8 expresa “La provincia garantiza a todos sus habitantes el acceso a la salud en los aspectos preventivos,…”
Por todo ello y en uso de las facultades que le son propias el Honorable Concejo Deliberante de Merlo sanciona con fuerza de:

RESOLUCIÓN

Artículo 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal que intime a la empresa COVELIA S. A. a que cumpla efectivamente, en tiempo y forma, con el contrato suscripto con el Municipio para brindar el servicio de recolección de residuos sólidos urbanos en el barrio Loma Grande.
Artículo 2°: De forma.

Autora: Alejandra Pignataro
Firmantes: Fabio Scaturro y Rubén Bécares